La carencia de Libros Contables por los mediadores puede originarles sanciones graves
Inade ha puesto en marcha un programa informativo con el objetivo de que los distribuidores de seguros puedan implantar en sus empresas un correcto compliance (cumplimiento normativo). Vistas determinadas carencias en su condición de empresarios, este plan persigue aportar a todos los distribuidores de seguros una serie de herramientas de trabajo relacionadas con su cumplimiento normativo tanto a nivel mercantil, como en lo referido a la actividad de distribución de seguros.
El proyecto pivota sobre dos acciones: la edición de guías prácticas monográficas y la celebración de jornadas técnicas que desarrollarán el contenido de las guías.
Guía práctica sobre libros mercantiles y contables
La primera guía práctica de la colección se centra, por una parte, en la llevanza de los libros oficiales mercantiles (libro de socios, de acciones nominativas, de contratos del socio único con la sociedad, de actas de la junta general y de actas del órgano de administración) y los contables (libro diario y de inventarios y cuentas anuales) que afectarían a los mediadores de seguros que son personas jurídicas (agencias de seguros, corredurías de seguros, operadores de bancaseguros y mediadores de seguros complementarios).
Para mejor comprensión, en cada sección se desgranan los objetivos de cada libro, la regulación que los desarrolla, las sociedades afectadas, el tipo de anotaciones y rectificaciones que se deben realizar y sobre quién recae la responsabilidad de su llevanza.
La segunda parte de la guía detalla el contenido de los libros registro-contables a los que están obligados solamente los corredores y las corredurías de seguros (libro registro de pólizas y suplementos intermediados, de primas cobradas, de siniestros tramitados, de colaboradores externos y de otros corredores). El documento se complementa con apuntes sobre la legalización y conservación de dichos libros y el régimen sancionador ligado al incumplimiento de su llevanza.
Las jornadas técnicas centradas en los libros oficiales materia se han desarrollado los pasados 4 y 5 de febrero, en formato virtual, de la mano del director de Inade, Adolfo Campos.
Campos incidió en que el plazo de elaboración de las cuentas anuales finaliza cada 30 de marzo y la legalización de los libros mercantiles y contables en el Registro Mercantil, el 30 de abril.
Además, advertía “la legislación vigente en materia de Distribución de Seguros establece que la carencia o la llevanza irregular de la contabilidad y de los libros mercantiles, contables y libros registro, puede suponer que se imponga una infracción que podría calificarse como grave o muy grave”.
Por último, señaló que las sanciones afectarían tanto al ente jurídico como a aquellas personas que ostenten cargos en el órgano de administración o que sean miembros del órgano de dirección responsable de la actividad de distribución.
A este primer bloque de jornadas asistió diferente personal de cien empresas adheridas a los servicios de la consultora Inade. Además, los asistentes recibieron su correspondiente certificado de asistencia, para dar cumplimiento a los requisitos de los programas de formación continua para distribuidores de seguros.
Petición al Congreso sobre la IDD
Por otra parte, esta mañana Fundación Inade ha remitido una carta oficial a la presidenta del Congreso de los Diputados, Meritxell Batet, solicitándole que se agilice la tramitación del proyecto de Ley por el que se transpone la IDD.
Este proyecto de Ley es el más antiguo de la actual legislatura pendiente de tramitación. Actualmente se encuentra en la Comisión de Hacienda a la espera de la redacción del informe de la ponencia, requisito indispensable para aprobar este texto en la Cámara Baja y, antes de su aprobación definitiva, también deberá ser tramitado en el Senado.
En su escrito, Adolfo Campos, pregunta a la presidenta: “¿Por qué existió tanto interés entre sus señorías en tramitar este Real Decreto-ley como proyecto de ley por procedimiento de urgencia, si desde la finalización del plazo de presentación de enmiendas no se ha elaborado el informe de la ponencia y el Real Decreto-ley ya está en vigor desde el 6 de febrero de 2020?”.
Pues tal y como recuerda , el 20 de febrero los diputados aprobaron que el Real Decreto-ley se tramitara como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia y, sin embargo, este aún no ha salido del Congreso. “Presidenta, lo que está en juego es la actividad de distribución de seguros en España, actividad con gran calado social, especialmente en los momentos que estamos viviendo. Confío en que usted ponga los medios adecuados para que en breve se apruebe el informe de la ponencia y que este proyecto de Ley continúe con los trámites en el Senado para posteriormente lograr su aprobación definitiva.”, concluye el director de la fundación.

