La DGSFP aclara la finalidad del requerimiento que ha enviado a corredores
La DGSFP ha aclarado que la carta que recientemente ha dirigido a corredores solicitando datos tiene únicamente la finalidad de actualizar datos de los que no disponen.
En una información a sus federados, Fecor, explica que Noemí Tomás, responsable del Área de Distribución en la Subdirección General de Autorizaciones, Conductas de Mercado y Distribución de la DGSFP, les ha trasladado que, ante las dudas surgidas por el requerimiento enviado a algunos corredores, «estas cartas tienen únicamente la finalidad de actualizar algunos datos de los que no disponen: en algunos casos la indicación de si se es o no mediador de seguros complementario, en otros si se gestionan fondos de clientes y en ese caso se dispone de cuenta corriente separada y en otros la remisión del código LEI, para aquellos operadores con pasaporte comunitario».
En cuanto a la vía de contestación, con carácter preferente, el órgano de control señala que será a través del TEL176 de la sede electrónica (normalmente la contestación a los requerimientos de la DGSFP se realiza a través del TEL178, pero como en este caso, los escritos no llevan número de referencia no es posible presentar la contestación a través de dicho procedimiento). En caso de no poder realizar la presentación por esta vía se podrá remitir la contestación al siguiente correo electrónico: notificacionesmed@economia.gob.es
Plantillas para remitir el requerimiento
Fecor ha puesto a disposición de sus socios las plantillas descargables de tres declaraciones para afrontar el nuevo requerimiento de la DGSFP, que obliga al cumplimiento de las imposiciones comprendidas en el artículo 136.4 LDS.
Sus socios podrán encontrar en el apartado de descargas privadas los documentos y tendrán 10 días naturales para ser cumplimentados. Por último, les recuerda que deben pedir al banco (o descargarlo desde la plataforma online del banco) el certificado de titularidad de la cuenta corriente.
