Los contratos de agencia anteriores a la nueva norma de Distribución, en vigor en todos sus términos y condiciones
El Consejo General de los Colegios de Mediadores de Seguros y Grupo Catalana Occidente han mantenido recientemente una reunión de trabajo con el objetivo de aclarar las dudas sobre la adaptación de los contratos de agencia a las exigencias de la Ley de Distribución y el Anexo de Novación de dichos contratos que propone el grupo asegurador.
En este sentido, Grupo Catalana Occidente ha disipado dichas dudas al confirmar, ante el Consejo General, que los contratos de agencia de seguros celebrados con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto 3/2020, de 4 de febrero, permanecerán, de conformidad con lo previsto en la Disposición Transitoria Quinta de dicho RD, en vigor en todos sus términos, antigüedad y condiciones, sin perjuicio de las necesarias adaptaciones que correspondan a las nuevas obligaciones de información y normas de conducta que resulten aplicables.
Asimismo, el Consejo General entiende que Grupo Catalana Occidente pretenda realizar una adaptación a otras materias (Anexo de Novación), además de la necesaria de los contratos vigentes a la nueva normativa sobre distribución. Así, hay que recordar que el grupo asegurador ya informaba a los agentes sobre esta cuestión tanto en su carta de acompañamiento al citado anexo, como en la cláusula 1.1. del mismo.
“El Grupo Catalana Occidente nos ha transmitido que se ha aprovechado la ocasión para adaptar y consolidar en un único documento tanto la regulación relativa a otras normativas que habían quedado desactualizadas (protección de datos personales, prevención de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, etc.), como para introducir las mejoras técnicas necesarias para un mejor desarrollo y fluidez de la relación de las entidades aseguradoras del Grupo con sus agentes de seguros, y que se encontraban dispersas en varios anexos firmados en años anteriores”, se indica desde el Consejo General.
Desde el Grupo Catalana Occidente se reitera que “la obligada actualización normativa y mejoras técnicas del
anexo anteriormente referidas no suponen modificación alguna de las condiciones económicas de los contratos ni de su antigüedad, que permanecen en vigor”. El Grupo Catalana Occidente recordó también que respeta “escrupulosamente las condiciones económicas que sus agentes tienen actualmente concertadas, así como que, de igual forma, se mantiene como fecha de inicio de la relación con sus agentes la indicada en el contrato inicial”.
