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Consejo General Jubilación y cartera activa

Mediación

Los mediadores podrán compatibilizar la pensión de jubilación con su cartera de clientes en activo

Redacción 9 de septiembre de 2021

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Los mediadores pueden compatibilizar la pensión de jubilación con la conservación de la cartera de clientes que tuviesen en situación de activo. «Así lo ha confirmado el Instituto Nacional de la Seguridad Social en respuesta a una consulta del Consejo General realizada el pasado mes de agosto tras las múltiples dudas recibidas en los colegios», según se indica desde el órgano colegial.

El Consejo General alude al artículo 93 de la Orden de 24 de septiembre de 1970, en el que se recoge que «el disfrute de la pensión de vejez será compatible con la actividad del Agente que se limite a la estricta conservación de la cartera que tuviese al causar la pensión».

De acuerdo con la Seguridad Social, se apunta desde el Consejo General, la cuantía de la pensión de jubilación compatible con el trabajo será equivalente al 50% del importe que se esté percibiendo en el momento de inicio de la compatibilidad con el trabajo, excluido, en todo caso, el complemento por mínimos, cualquiera que sea la jornada laboral o la actividad que realice el pensionista.

No obstante, según se añade, «si la actividad se realiza por cuenta propia y se acredita tener contratado, al menos, a un trabajador por cuenta ajena, la cuantía de la pensión alcanzará el 100%».

La Tesorería General de la Seguridad Social tiene atribuida la competencia en materia de encuadramiento de trabajadores en el sistema de la Seguridad Social, se indica desde el Consejo General, «por lo que será labor del organismo determinar en cada caso concreto si procede la inclusión de la actividad descrita en el sistema de la Seguridad Social y, en caso afirmativo, cuál sería el régimen correspondiente». Por ello, desde el órgano colegial se recomienda solicitar asesoramiento legal individualizado atendiendo a las circunstancias concretas.

«Este tipo de cuestiones se enmarcan en la función consultiva que el Consejo General tiene como única corporación de derecho público representante de la mediación en el mercado asegurador», se concluye desde el Consejo.

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