Los mediadores que operen en Italia deberán pagar una tasa de supervisión de 115 euros
La consultora Inade informa a los distribuidores de seguros que operan en Italia en régimen de Libre Prestación de Servicios o de Derecho de Establecimiento que antes del próximo 5 de noviembre deben abonar al IVASS (Istituto per la Vigilanza sulle Assicurazioni), órgano supervisor del seguro italiano, una tasa por supervisión.
Esta tasa también está contemplada en las normas de interés general que publica EIOPA y cada estado miembro decide si adaptarla o no a la normativa de su país. El Codice delle Assicurazioni Private regula en su artículo 38 la obligación del abono de una contribución anual a IVASS, denominada “contribución supervisora sobre los intermediarios de seguros y reaseguros”. Esa tasa de supervisión se determina antes del 30 de mayo de cada año por decreto del Ministro de Economía y Finanzas, previa consulta al IVASS. El importe se determina una vez calculados los gastos de supervisión de los intermediarios inscritos en su registro, así como los costes operativos del Instituto.
Como entidad independiente, el IVASS se financia a través de diferentes tasas y el estado de sus cuentas está sujeto al control del Tribunal de Cuentas italiano. Así, la Disposición del IVASS número 114 establece los métodos y condiciones para el pago de la contribución supervisora del año 2021 a cargo de los intermediarios con residencia o domicilio social en otro Estado perteneciente al Espacio Económico Europeo admitidos para operar en Italia bajo el régimen de Libre Prestación de Servicios o Derecho de Establecimiento que ha quedado fijada en un importe de 115 euros.
