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Mediación

Se incorporan 17 enmiendas del Consejo General a la Ley de Distribución de Seguros

Redacción 15 de mayo de 2020

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La Comisión de Hacienda del Congreso de los Diputados ha admitido a trámite 17 de las 18 propuestas de enmienda presentadas por el Consejo General (CG) a la Ley de Distribución de Seguros. El plazo para la presentación de enmiendas al Real Decreto Ley (por el que se transpone la nueva normativa de distribución de seguros, IDD) finalizó pasado 29 de abril y el total de los grupos parlamentarios presentaron 122 enmiendas. 

El Consejo General ha mantenido diversas entrevistas con los diferentes grupos parlamentarios con el objetivo de trasladarles las propuestas de la mediación profesional. El Consejo General informa que, con la presentación de estas enmiendas, se ha “pretendido corregir cuestiones de matiz que afectaban a los diferentes distribuidores de seguros, particularmente aquellas referidas a los mediadores de seguros, agentes y corredores de seguros”. 

El escrito que la institución colegial presentó a todos los grupos parlamentarios dividía las enmiendas en dos categorías: una, referida a corrección o perfeccionamiento del texto legal, y otra, que contiene modificaciones más novedosas. 

Entre las principales enmiendas admitidas se destacan las siguientes: 

  • Regular las pruebas de aptitud en materias financieras y de seguros privados y fijar unos requisitos armonizados. El Consejo General Mediadores sería el organismo encargado de realizar dichas pruebas y emitir los certificados de los diplomas que las justifiquen (Art. 165.5).
  • Exigir a los comparadores de seguros un mínimo de cumplimiento equiparable al de las corredurías de seguros e igualarlos con la normativa que afecta a los comparadores financieros (Art. 159 bis).
  • Prohibir a los operadores de banca seguros utilizar los datos de sus clientes de las pólizas contratadas por los mismos con otras entidades aseguradoras (Art. 204.2).

Además, se han incorporado otras enmiendas como la referida a la modificación del Artículo 165.3, para que exista un registro central y único de los diplomas otorgados por los centros de formación; o que los corredores de seguros no necesiten la autorización individual de los clientes para traspasar una cartera de una entidad a otra, como pasa en el caso de las entidades aseguradoras (Art 156.5). 

La presidenta del Consejo General, Elena Jiménez de Andrade, ha manifestado que “estas enmiendas que son fruto de muchos meses de trabajo han obtenido un respaldo importante por parte de los diferentes grupos parlamentarios y prueba de ello es la inclusión de las mismas en RDL, que de aprobarse, afectarían de manera muy positiva a todos los agentes y corredores de seguros españoles’.

La institución advierte también que quedan todavía trámites que superar y añade que estiman necesario que la ley desarrolle un Reglamento ante las numerosas materias que regula, muchas de las cuales precisan una mayor concreción en aras a proteger a los profesionales y a los consumidores. Evitando confusiones en la interpretación práctica de la Ley.

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