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Crece el número de españoles que cubre el sepelio con un seguro de Vida Riesgo

Redacción 21 de febrero de 2024

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La correduría Bolaños y Rodríguez afirma que casi el 47% de los españoles contaban con un seguro de Vida Riesgo que incluía los gastos del sepelio a finales de 2022, «una cifra que sigue creciendo año tras año por las ventajas que supone para las familias dejar todo preparado para evitar problemas y gastos innecesarios».

«El seguro se ha convertido en una herramienta financiera crucial que brinda tranquilidad a los asegurados y a sus seres queridos en caso de muerte inesperada. Es un contrato entre el asegurador y el tomador de la póliza, donde el asegurador se compromete a pagar una suma global a los beneficiarios en caso de muerte del titular de la póliza», explica Bolaños y Rodríguez Correduría.

Dos tipos de póliza: temporal y permanente

Hay dos tipos principales de pólizas de seguro de Vida Riesgo: seguro de Vida temporal y seguro de Vida permanente. «Son los asesores de seguros los que deberían explicar las diferencias y recomendar, en cada caso concreto, cuál encaja mejor con cada perfil», apunta la correduría.

El seguro de Vida a término brinda cobertura por un período específico, mientras que el seguro de Vida permanente brinda cobertura durante toda la vida del titular de la póliza.

A la hora de contratar un seguro de Vida, la correduría señala que los asegurados deben considerar varias cláusulas esenciales para garantizar que estén adecuadamente protegidos y que sus seres queridos reciban los beneficios que merecen.

En primer lugar, indica, se debe considerar cuidadosamente el monto y la duración de la cobertura de la póliza. El monto de la cobertura debe ser suficiente para cubrir las deudas pendientes del asegurado, los gastos funerarios y brindar apoyo financiero a los beneficiarios para que de verdad sea útil teniendo en cuenta la duración de la póliza.

En segundo lugar, añade, es necesario también considerar la frecuencia y las opciones de pago de las primas. Los pagos de las primas pueden realizarse mensual, trimestral, semestral o anualmente.

Por último, subraya, es necesario revisar las cláusulas relacionadas con exclusiones y limitaciones. Estas cláusulas describen las circunstancias bajo las cuales el asegurador no pagará el beneficio por fallecimiento. «En caso de muerte por suicidio o muerte como resultado de actividades peligrosas los seguros suelen desentenderse», advierte.

Otras exclusiones y limitaciones comunes que hay que conocer incluyen la muerte como resultado de condiciones médicas preexistentes, la muerte fuera del área de cobertura de la póliza y la muerte como resultado de actividades delictivas.

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