El Colegio de Madrid integra gratis a todos sus agentes colegiados en una póliza de RC de CGPA
El Colegio de Mediadores de Seguros de Madrid ha comenzado a ofrecer a todos sus agentes colegiados dos nuevos servicios para «ofrecer mayor valor añadido a la colegiación y estar más cerca de las necesidades reales de sus colegiados». Por un lado, ha contratado una póliza colectiva de Responsabilidad Civil Profesional con la compañía líder en Europa en la cobertura de este riesgo, CPGA Europe, que integra de forma gratuita a todos los agentes de seguros colegiados.
Igualmente, CPGA Europe ofrece la posibilidad de contratar una póliza individual mediante la que podrán aumentar su nivel de aseguramiento, con importantes ventajas, tanto en precio como en garantías.
Con este nuevo servicio, el Colegio avanza en la «cobertura por Responsabilidad Civil Profesional que, si bien no es obligatoria por el momento, sí es muy recomendable para los mediadores de seguros».
Según la presidenta del Colegio, Elena Jiménez de Andrade, “es una apuesta por ofrecer servicios de valor añadido a los colegiados, atender sus necesidades y, con ello, dinamizar la colegiación de los mediadores”.
Para el CEO de CPGA Europe, Carlos Montesinos, “la contratación de esta póliza colectiva no solo es una gran noticia para los agentes colegiados, sino que lo es a su vez para todos aquellos clientes de agentes colegiados de Madrid que a partir de ahora saben que ante un posible error profesional de su mediador habrá siempre una compañía que responderá, trasladando esa tranquilidad no solo al agente colegiado sino al propio cliente final. Además, gracias a este acuerdo el agente colegiado tiene más fácil el acceso al aseguramiento de su actividad profesional con mejoras que puede llegar a contratar de manera individual”.
Asesoría en Compliance
Además, el Colegio también ha comenzado a ofrecer asesoría jurídica a sus colegiados en materia de Compliance, a través del despacho de abogados ‘Sin Riesgo Penal’, especializado en esta materia, de cara a la elaboración de ‘Planes de Cumplimiento normativo’ para mediadores.
Desde el pasado 4 de febrero, un Real Decreto-Ley establece las nuevas obligaciones que deben ser tenidas en cuenta y cumplidas por los mediadores en su actividad. Entre ellas, se prescribe, a través el artículo 31 bis del Código Penal, que “las personas jurídicas serán responsables de los delitos cometidos en su seno, cuando sean perpetrados por cualquier representante o persona que actúe en su nombre y representación dela empresa, a no ser que cuente con un adecuado sistema de cumplimiento normativo, o compliance“.
La existencia de un sistema de cumplimiento normativo, o compliance, es un requisito indispensable de actuación y puede suponer una causa de exoneración de la responsabilidad penal, administrativa y societaria de la empresa y sus Administradores, concluye el Colegio.
