El Gobierno regula las comisiones de control del fondo público de gestión privada
El BOE del 23 de octubre publica el Real Decreto 1086/2024, de 22 de octubre, por el que se modifica el Reglamento de planes y fondos de pensiones, para impulsar los planes de pensiones de empleo.
Los cambios más importantes son:
- Se delimitan los planes de pensiones que deben realizar la revisión financiera actuarial y se limita la exigencia de la revisión a los planes de aportación definida que garanticen prestaciones causadas solo en el caso de los planes de pensiones de la modalidad de empleo.
- Se clarifica el contenido que deberá incorporar la declaración comprensiva de los principios de la política de inversión en materia de sostenibilidad
- Se prevé que la Comisión Promotora y de Seguimiento y la Comisión de Control Especial, en el ejercicio de sus funciones, puedan solicitar asesoramiento jurídico al Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social, cuando así se considere preciso, dado que éste queda adscrito a la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, ámbito en el que, a su vez, se incardinan ambas comisiones.
- En relación con la Comisión de Control Especial, por un lado, se establece el régimen de convocatorias y se prevé que sus miembros solo tendrán derecho a la remuneración vinculada a la asistencia a las reuniones y a la remuneración adicional que corresponda a los miembros que ejerzan los cargos de presidencia, vicepresidencia y secretaría, a partir del momento en que el patrimonio conjunto de dichos fondos alcance el importe de 1.000 millones y mientras se mantenga dicho importe, lo que será asimismo aplicable respecto a su repercusión a los fondos de pensiones. Por otro lado, se describen las actividades que se consideran incompatibles con la condición de miembro de la Comisión de Control Especial. Además, se aclara que la información que debe publicar anualmente la Comisión de Control Especial sobre política de sostenibilidad, implicación y ejercicio de derechos políticos es la requerida en el Reglamento de planes y fondos de pensiones, así como que se prevé su publicación en el portal de internet del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
- Se establece la posibilidad de que las organizaciones sindicales o empresariales más representativas puedan percibir directamente las remuneraciones que le correspondan a un miembro de la Comisión de Control Especial propuesto por ellas, en vez de percibirlas el propio miembro, previo acuerdo entre dicha organización sindical o empresarial y el propio candidato.
Las gestoras seleccionadas para comercializar el fondo público son VidaCaixa, Caser, BBVA, Ibercaja, y Santander, cada una tiene que captar un patrimonio de 500 millones de euros en tres años.
