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El País Vasco considerará las prestaciones de las EPSV como rentas del ahorro y no del trabajo

Redacción 16 de junio de 2025

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El Gobierno vasco ha aprobado importantes modificaciones en la fiscalidad de las EPSV, según publicó ElEconomista. Los cambios permitirán a los partícipes a partir de 2026 que sus prestaciones pasen a tributar como rendimiento de capital mobiliario en la base del ahorro, computando como rendimiento el 60% de las mismas. Hasta ahora, como ocurre en los planes de pensiones, se tributaba como rentas del trabajo.

Uno de los principales cambios permitirá a los socios o beneficiarios de EPSV pagar menos impuestos por sus aportaciones a su plan de pensiones o que incluso éstas queden exentas si se cobran en 15 años o en un periodo de tiempo superior. Hasta ahora, estas prestaciones se consideraban como rendimientos del trabajo, por lo que se integraban al 100% en la base imponible del IRPF.

En el caso de que el rescate se realice por una situación de desempleo de larga duración, este concepto debe ser abonado en forma de renta, a no ser que el socio solicite el pago único con fines de fomento del empleo.

Otro de los cambios realizados afecta al límite de la reducción fiscal en el IRPF. Hasta ahora, la normativa de Bizkaia, Álava y Gipuzkoa establecía que hasta 5.000 euros anuales de las aportaciones a las EPSV permitían desgravarse en la declaración de la renta mediante la reducción de la base imponible del IRPF. Sin embargo, desde este mismo año, se fija una reducción máxima para aportaciones de hasta 4.000 euros en Bizkaia y Gipuzkoa, aunque no se aplica si los socios son trabajadores de cooperativas o de sociedades laborales.

Además, se establece que la suma total de las aportaciones a EPSV y a planes de pensiones individuales y de empleo no puede superar los 12.000 euros en 2025, una cantidad que se reducirá a los 10.000 euros a partir de 2026.No obstante, se mantiene el límite de 8.000 euros anuales para las aportaciones de trabajadores cuando se acuerden en negociación colectiva o sean voluntarias. De la misma forma para los empresarios individuales que aporten para sí mismos siempre que sea proporcional con lo que aportan a sus trabajadores.

Por último, desde este año, las empresas que realicen contribuciones a planes de previsión social preferentes integrados en una EPSV podrán aplicar una deducción en la cuota del Impuesto sobre Sociedades de entre el 15% y el 25%. Para contribuciones a otros sistemas, la deducción será del 10% si representa como mínimo el 1,5% del salario bruto anual o se destina a trabajadores menores de 36 años.

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