El reaseguro del Consorcio a los Seguros Agrarios operará al margen de las reservas de Agroseguro
El BOE del 3 de junio recoge la modificación de la Orden ECE/497/2019, de 22 de abril, por la que se establece el sistema de reaseguro a cargo del Consorcio de Compensación de Seguros para el cuadragésimo Plan de Seguros Agrarios Combinados.
El pasado 26 de julio de 2019 el Consejo de Ministros aprobó, a propuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, la modificación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018 que aprobó el cuadragésimo Plan de Seguros Agrarios Combinados, que dispone en el apartado decimoquinto que el actual Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital establecerá el régimen de reaseguro a cargo del Consorcio de Compensación de Seguros aplicable al cuadragésimo Plan, pudiendo asignar a cada grupo de líneas una cobertura diferente atendiendo a su mayor o menor necesidad de protección financiera, incluyéndose asimismo la previsión de que puede darse un tratamiento individualizado a determinados riesgos.
La modificación tenía por objeto suprimir los números 2 y 3 del apartado decimoquinto del Plan de Seguros Agrarios Combinados para 2019, que regulaban la manera en la que Agroseguro constituía y aplicaba las denominadas «reservas de estabilización», donde se establecía que habría de hacerlo por separado para cada grupo de líneas de cobertura «a efectos del reaseguro».
Esta previsión estaba en su momento justificada, pues el reaseguro del Consorcio de Compensación de Seguros, en adelante el Consorcio, comenzaba a compensar las pérdidas en cada grupo una vez se hubiera agotado la reserva del respectivo grupo, tal y como regulaban las órdenes de reaseguro. Sin embargo, en la actual orden, el reaseguro comienza a operar con independencia absoluta de estas reservas, precisamente porque son reservas de las aseguradoras, teniendo el Consorcio la suya propia.
