GestyFor lanza un curso sobre el cálculo del margen de riesgo
Es evidente que la definición y cálculo del margen de riesgo conlleva una serie de supuestos y consideraciones que pueden impactar significativamente en la solidez financiera de una aseguradora. En ese sentido, GestyFor ha identificado la necesidad crítica de los equipos directivos en este sector de profundizar en esta materia, «a fin de mitigar el riesgo inherente a una evaluación insuficiente de las provisiones técnicas», señala.
El próximo martes 21 de mayo de la mano de Víctor Baeza Mota, esta segunda edición del curso, con una duración de 120 minutos, se enfocará en brindar una perspectiva práctica, buscando identificar los elementos clave, hipótesis y riesgos inherentes en el cálculo del margen de riesgo. Además, se proporcionarán explicaciones sobre la interpretación y aplicación de las normativas pertinentes, junto con el análisis de casos prácticos que ilustren los métodos simplificados disponibles. También se explorarán los factores que influyen en el cálculo del margen de riesgo y, por extensión, en el establecimiento de las provisiones técnicas. Se abordarán las principales hipótesis que deben considerarse bajo el método general, así como las simplificaciones permitidas en el proceso.
Algunos de los elementos que incluye el curso son: El cálculo del margen de riesgo utilizando el método general; la asignación del cálculo a las distintas líneas de negocio; la consideración separada en entidades que operan tanto en seguros de Vida como No Vida; la determinación del capital de solvencia obligatorio, con especial atención a la significancia del riesgo de mercado; la aplicación de métodos simplificados, su justificación y criterios de proporcionalidad; la relevancia del margen de riesgo en seguros donde el tomador asume el riesgo de inversión.
Además, se responderán a preguntas como: ¿Cómo se determina el capital de solvencia obligatorio de la entidad de referencia?; ¿Qué activos pueden ser objeto de inversión para la entidad de referencia?; ¿Cuándo se considera que el riesgo de mercado no es significativo?; y ¿Cuáles son los requisitos para aplicar las simplificaciones en el cálculo?
