La DGSPF tiene muy avanzada la nueva Resolución de Formación de Seguros
Selling Consult ha elaborado un informe en el que analiza la situación actual de la futura Resolución de Formación de Seguros, que será aprobada en cuanto el Parlamento ratifique el Proyecto de Ley de Distribución de Seguros, y cuyo texto la DGSFP tiene ya muy avanzado.
Según la consultora de formación, estas son las líneas básicas de la nueva regulación de formación:
Según el R.D. LEY 3/2020, la DGSFP debe establecer las líneas generales y los principios básicos de los cursos y programas de formación de los distribuidores de seguros y reaseguros, de la persona responsable de la actividad de distribución o de la mitad de las personas que forman parte del órgano de dirección responsable de la actividad de distribución, de los colaboradores externos, de los empleados de los distribuidores y de los colaboradores externos, así como del personal de las redes de distribución de los operadores de banca-seguros que participen directamente en la distribución, con la finalidad de asegurar la adecuada formación de los mismos.
La nueva estructura de formación se estructura, tanto en Formación de Inicio, es decir previa al acceso a la actividad, como en Formación Contínua en los Niveles 1, 2 y 3:
Nivel 1 (actual Grupo A) “Título de Corredor”
- La persona responsable de la actividad de distribución o, en su caso, al menos a la mitad de las personas que formen parte del órgano de dirección responsable de la actividad de distribución de entidades aseguradoras y reaseguradoras.
- Los corredores de seguros y corredores de reaseguros, personas físicas; la persona responsable de la actividad de distribución, o, en su caso, al menos a la mitad de las personas que formen parte del órgano de dirección responsable de la actividad de distribución de los corredores de seguros y reaseguros, personas jurídicas.
- La persona responsable de la actividad de distribución, o, en su caso, al menos a la mitad de las personas que formen parte del órgano de dirección responsable de la actividad de distribución de los operadores de banca-seguros
Nivel 2 (actual Grupo B)
Condición: que presten asesoramiento sobre productos de seguros o reaseguros.
- Los agentes de seguros, personas físicas; la persona responsable de la actividad de distribución, o, en su caso, al menos a la mitad de las personas que formen parte del órgano de dirección responsable de la actividad de distribución de los agentes de seguros, personas jurídicas.
- Los empleados de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.
- Los empleados de los mediadores de seguros y de reaseguros.
- Las personas que integran las redes de distribución de los operadores de bancaseguros.
- Los colaboradores externos, personas físicas; la persona responsable de la actividad de colaboración con la distribución de seguros ,o, en su caso, al menos a la mitad de las personas que formen parte del órgano de dirección responsable de la actividad de colaboración con la distribución de seguros de los colaboradores externos, personas jurídicas, así como a sus empleados, que colaboren en las tareas de distribución mencionadas.
Nivel 3 (actual Grupo C)
Condición: que proporcionen información sobre productos de seguros, no realizando labor de asesoramiento
- Los agentes de seguros, personas físicas; la persona responsable de la actividad de distribución, o, en su caso, al menos a la mitad de las personas que formen parte del órgano de dirección responsable de la actividad de distribución de los agentes de seguros, personas jurídicas, que proporcionen información sobre productos de seguros.
- Los empleados de las entidades aseguradoras y reaseguradoras que proporcionen información sobre productos de seguros o de reaseguros.
- Los empleados de los mediadores de seguros y de reaseguros que proporcionen información sobre productos de seguros o de reaseguros.
- Las personas que integran las redes de distribución de los operadores de bancaseguros, en los casos en que proporcionen información sobre productos de seguros.
- Los colaboradores externos, personas físicas; la persona responsable de la actividad de colaboración con la distribución de seguros, o, en su caso, al menos a la mitad de las personas que formen parte del órgano de dirección responsable de la actividad de colaboración con la distribución de seguros de los colaboradores externos, personas jurídicas, así como a sus empleados, que colaboren en las tareas de distribución mencionadas, en los casos en que proporcionen información sobre productos de seguros.
Algunas reflexiones de Selling Consult
- Valoramos positivamente que Nivel 1 afectará claramente a todos los mediadores, operadores de bancaseguros y empresas aseguradoras.
- La diferencia entre Nivel 2 y Nivel 3 es reducida, por lo que nuestra recomendación es realizar siempre Nivel 2.
- Valoramos positivamente la inclusión de la Formación Continua en Nivel 1, que anteriormente no estaba obligada.
- Valoramos positivamente que Nivel 2 y Nivel 3 confirman la Formación Continua que ya tenían.
Nuestra fuerte recomendación, es matricular a los alumnos cuanto antes en los cursos Grupo A, Grupo B y Grupo C, y de esta forma puedan cursar los contenidos actuales, que serán convalidados con la Nueva Resolución de Formación.
