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Las 11 obligaciones de riesgo de sostenibilidad para las aseguradoras en 2025

Redacción 7 de enero de 2025

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Las obligaciones regulatorias de las aseguradoras para el próximo año (hasta junio 2025) relacionadas con el riesgo de sostenibilidad, según informa Serfiex, son las siguientes:

  1. Informe ISFS. Incorporación de la evolución en el análisis del riesgo de sostenibilidad de la Entidad en el Informe sobre la Situación Financiera y de Solvencia (ISFS). El contenido del relato se extiende a los aspectos ESG relacionados con la gobernanza, inversiones y productos de seguro, así como el avance en el cumplimiento de las obligaciones europeas (EIOPA) y españolas (DGSFP).
  2. Informe Ley Cambio Climático. Elaborar el Informe de Evaluación del Impacto Financiero de los riesgos asociados al Cambio Climático previsto en la Ley 7/2021, también conocida como Ley de Cambio Climático, y desarrollados en el Proyecto de Real Decreto de mayo 2023 (este Informe ha sido voluntario por parte de la DGSFP en los años 2023 y 2024). No sabemos si será obligatorio en el 2025. En cualquier caso es probable que, en su momento, CSRD sustituya a este informe, por lo que es una buena forma de ir “ensayando” para CSRD.
  3. Taxonomía Indicador clave inversiones. Elaboración del indicador Clave de Inversiones Sostenibles conforme a Taxonomía EU (seguros de vida y generales).
  4. Taxonomía Indicador clave Suscripción. Elaboración del indicador Clave de la Actividad de Suscripción conforme a las especificaciones del Reglamento de Taxonomía EU (sólo para seguros generales).
  5. Informe función gestión de riesgos. Elaboración del contenido ESG del Informe Anual de la Función de Gestión de Riesgos. A partir de todo lo anterior.
  6. Informe de la función actuarial. Elaboración del contenido ESG del Informe Anual de la Función Actuarial a partir de los aspectos de gobernanza y cumplimiento normativo asociado a los productos de seguro y pasivos actuariales de la entidad.
  7. Test de Materialidad EIOPA. Elaborar y justificar un modelo de Test de Materialidad del riesgo de cambio climático para las inversiones y productos de seguro de la Entidad de acuerdo con las especificaciones de las guías de EIOPA y las mejoras prácticas de EBA y ESMA. Habrá que justificar, además, un umbral razonable de materialidad coherente con el apetito de riesgo de la Entidad. Se documentará la metodología por escrito y se elaborará un informe. Se guardará toda la información cuantitativa para su eventual verificación por parte de la DGSFP.
  8. Informe ORSA. A partir de los resultados del Test de Materialidad del riesgo de cambio climático, se prepararán las pruebas de tensión de inversiones y productos de seguro previstas por EIOPA en caso de materialidad positiva. Se incorporará el riesgo ESG en general y el riesgo de cambio climático en particular en los distintos apartados del ORSA que señala la Guía de EIOPA. Se estudiará su eventual inclusión en el apetito de riesgo y la necesidad de recursos propios extraordinarios para cubrirlo. Se documentarán y se justificarán los resultados. Se guardará toda la información cuantitativa para su eventual verificación por parte de la DGSFP.
  9. Reporte QRT anual. Nuevos indicadores de sostenibilidad de la S.06.04 y S.14.02 de las QRT anuales del año 2024.
  10. Obligaciones CSRD. CSRD es el nuevo Informe de Información No Financiera que las empresas de interés público (bancos, aseguradoras y empresas cotizadas, entre otras) deben adjuntar en sus cuentas anuales. Para las empresas que ya presentaban el EINF, el CSRD lo sustituye. Para las empresas que no presentaban EINF, el CSRD es una nueva obligación. CSRD introduce un enfoque de “doble materialidad”, que implica la presentación de información relativa al impacto que genera la empresa sobre las cuestiones de sostenibilidad, así como la información sobre el modo en que afectan estas cuestiones a la evolución, los resultados y la situación de la empresa. La información abarcará toda la cadena de valor de la empresa, deberá ser tanto prospectiva como retrospectiva, y considerará los horizontes temporales a corto, medio y largo plazo. El Informe de Sostenibilidad elaborado conforme a CSRD se estandariza en las plantillas ESRS (European Sustainability Reporting Standards). Los ESRS especifican la información que una empresa debe divulgar sobre sus incidencias, riesgos, oportunidades, parámetros y metas de importancia relativa en relación con cuestiones ambientales, sociales y de gobernanza. Las entidades aseguradoras con más de 500 trabajadores comenzarán a reportar en este estándar con el cierre de 2024 (cuentas anuales de 2024 a presentar en el 2025). En el 2025 (reporting 2026) comenzarán a reportar las aseguradoras que cumplan dos de estos tres criterios: más de 250 trabajadores, más de 40 millones EUR de facturación o más de 20 millones de activos. Las aseguradoras medianas y pequeñas comenzarán a reportar en el 2026 (reporting 2027).

Las obligaciones anteriores están relacionadas con la siguiente legislación:

    • Modificaciones de Solvencia II. Reglamento Delegado (UE) 2021/1256
    • Modificaciones IDD. Reglamento Delegado (UE) 2021/1257
    • Ley Cambio Climático (estado de información no-financiera). Ley 7/2021
    • Taxonomía EU (indicadores clave). Reglamento Delegado (UE) 2021/2139
    • Corporate Sustainability Reporting Directive (CSRD). Directiva (UE) 2022/2464

11. Obligaciones para Unit Link y Fondos de Pensiones. Si la entidad aseguradora también produce productos con riesgo tomador (Unit Linked u otros PRIIPS o Fondos de Pensiones), adicionalmente estará sujeta al Reglamento de Divulgación SFDR (2019/2088), a sus RTS mediante el Reglamento Delegado (UE) 2022/1288 y a las modificaciones de IDD mediante el Reglamento Delegado (UE) 2021/1257. Las obligaciones estarán asociadas con los siguientes temas:

    • Obligaciones de divulgación relacionadas con productos: a. Información Precontractual b. Información web c. Información Periódica de seguimiento d. Indicadores de Principales Incidencias Adversas.
    • En caso de venta asesorada, obligaciones relacionadas con Green-IDD y preferencias de sostenibilidad: a. Test de Preferencias de Sostenibilidad complementario al Test de Idoneidad b. Relación entre las respuestas del test y los productos con etiqueta verde de la aseguradora.
    • En general, para todos los productos con riesgo tomador: a. Evaluación del riesgo ESG b. Pruebas de tensión del impacto del riesgo cambio climático.

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