¿Pueden las agencias de suscripción comercializar directamente con el cliente?
Fundación Inade celebró ayer la primera sesión de su nueva tribuna virtual “Charlas Legales: derecho y seguros”, cuyo objetivo es proporcionar una comprensión integral del contrato de seguro, a través del análisis de la legislación, la doctrina científica y la jurisprudencia emanada, principalmente, de la Sala Primera del Tribunal Supremo.
Bernardo Ybarra Malo de Molina, socio de Muños-Arribas Abogados, se centró en cuestiones que están generando controversia: la figura de la agencia de suscripción y la figura del tomador impropio.
“Las agencias de suscripción no son aseguradores y tampoco pueden comercializar seguros con el cliente final, deben hacerlo siempre a través de un corredor o agente. Esto es lo primero que no se está haciendo bien. Lo segundo es que en la póliza debe quedar claro qué compañía está asegurando ese riesgo, pues en algunas ocasiones acaba yendo a juicio la agencia de suscripción por motivos ajenos a sus responsabilidades”, explicó Bernardo.
Sobre el tomador impropio, figura que surge cuando el corredor de seguros es a su vez el tomador de la póliza, Adolfo Campos, director de Fundación Inade, explicó que, ante esta situación, se puede producir un conflicto de intereses.
Colegio de Zaragoza y Teruel
Por otra parte, colegiados de Zaragoza y Teruel participaron en el webinar ‘La documentación que el mediador debe entregar a su cliente’, a cargo de Adolfo Campos. De manera telemática, los asistentes han repasado las diferentes fases en las que se estructura la actividad de distribución de seguros y la documentación que los mediadores deben entregar a sus clientes.
Uno de los asistentes ha sido el presidente del Colegio de Zaragoza, Miguel de las Morenas.
