Interpretación del Tribunal Supremo de la actuación del perito tercero
Antonio Belda Blanco, executive director de Claims Professional Services de Aon, ha escrito una tribuna sobre la actuación del perito tercero para Fundación Inade, en la que recuerda que «El Tribunal Supremo ha determinado que son nulos los dictámenes de tercería que vengan emitidos solo por el tercer perito, en los que no se refleje la constitución de un Colegio Pericial, que discuta las cuestiones controvertidas de la peritación, y que además, vengan aprobadas por los otros dos peritos por la simple manifestación de plasmar la conformidad o no conformidad con la propuesta de indemnización del perito tercero».
Añade que «en la práctica del contrato de seguro, y más concretamente en el ámbito del procedimiento pericial, existe un arraigo en la forma de trabajar del Perito designado como Perito Tercero que, aun con respeto al mandato
legal, en ocasiones se aparta del criterio adoptado por nuestros Tribunales de Justifica de cómo debe entenderse su intervención, circunstancia ésta que acontece cuando aquellos profesionales se arguyen una función de dirimentes de la cuestiones debatidas que, lejos de resolver las diferencias de criterio y/o cálculo entre los Peritos de las partes nombrados inicialmente, hacen nacer otro problema muchas veces inexistentes, como es el de dejar abierta la posibilidad de impugnar el Dictamen Pericial por cuestiones de nulidad».
