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La DGSFP se suma a las advertencias sobre el riesgo para los consumidores de los criptoactivos

Redacción 18 de marzo de 2022

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Las Autoridades Europeas de Supervisión del sistema financiero (EBA, ESMA e EIOPA por sus siglas en inglés) han publicado hoy una advertencia sobre los riesgos que los criptoactivos suponen para los consumidores en la Unión Europea, por lo que no resultan adecuados como inversión ni como medio de pago o intercambio para la mayoría de consumidores minoristas.

La CNMV, el Banco de España y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones suscriben el contenido de esta advertencia y comparten la valoración de los riesgos que se identifican en la misma, que están en línea con los riesgos ya señalados en los comunicados realizados en 2018 y 20211.

Adicionalmente, en el comunicado se recuerda que en el último año tanto la CNMV como el Banco de España, han llevado a cabo dos iniciativas en este ámbito:

– La CNMV ha aprobado una Circular (Circular 1/2022, de 10 de enero) sobre la publicidad relativa a la inversión en criptoactivos que tiene como objetivo que las campañas publicitarias en este ámbito se lleven a cabo siguiendo determinadas directrices en su contenido y formato, y que incluyan información suficiente sobre los riesgos de la potencial inversión.

– En virtud del Real Decreto-ley 7/2021, de 27 de abril, que modifica la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, el Banco de España ha puesto en funcionamiento un Registro2 en el que deberán inscribirse quienes ofrezcan en España determinados servicios (cambio de criptomonedas por moneda de curso legal y custodios de monederos digitales), que deberán disponer de medidas y procedimientos adecuados en materia de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.

Del mismo modo, se recuerda que estos desarrollos legales solo cubren una parte muy limitada de la actividad sobre criptoactivos, «por lo que resultan insuficientes para contener adecuadamente los riesgos que se señalan en el comunicado de las autoridades europeas, que siguen siendo plenamente relevantes».

Y se añade que las autoridades supervisoras están siguiendo la evolución y el impacto que las tecnologías de registro distribuido y los criptoactivos están teniendo en el ámbito financiero. Los estudios y análisis que se puedan hacer en este campo no pueden interpretarse como un respaldo o cobertura de dichas tecnologías o activos, o que estén sujetos a su supervisión.

Estos desarrollos, se concluye, si bien pueden ser elementos que ayuden en la dinamización del sector y a la oferta
de nuevos productos y servicios financieros, no podrán desplegar plenamente ese potencial hasta que no se encuentren adecuadamente regulados (a escala de la Unión Europea) de manera que se puedan mitigar convenientemente los riesgos que suponen para los inversores minoristas.

Comunicado de las Autoridades Europeas

En el mencionado comunicado, EBA, ESMA y EIOPA advierten a los consumidores de que muchos criptoactivos revisten un carácter muy arriesgado y especulativo. Igualmente, no resultan adecuados como inversión ni como medio de pago o intercambio para la mayoría de consumidores minoristas.

Y se subraya que los consumidores se enfrentan a la posibilidad real de perder todo el dinero invertido si compran estos activos y deben estar atentos a los riesgos derivados de la publicidad engañosa, incluyendo la realizada a través de las redes sociales y por los influencers.

Asimismo, se advierte de nuevo, deben ser particularmente cautelosos en lo que se refiere a las promesas de una rentabilidad alta o rápida, especialmente aquellas que parecen demasiado buenas para ser ciertas.

Además, los consumidores deben ser conscientes de la falta de procedimientos para poder reclamar, así como de la ausencia de protección, ya que los criptoactivos y los productos y servicios relacionados con ellos en general quedan fuera de la protección que ofrecen las normas vigentes en la Unión Europea sobre servicios financieros.

¿Cuáles son los principales riesgos?

• Fluctuaciones extremas de precios: muchos criptoactivos sufren fluctuaciones de precios repentinas y extremas y tienen un carácter especulativo, ya que su precio a menudo se basa exclusivamente en la demanda de los consumidores (es decir, puede no haber un activo que lo respalde u otro valor tangible). Puedes perder una gran cantidad de dinero o incluso todo el dinero invertido. Las fluctuaciones extremas de precios también hacen que muchos criptoactivos no sean adecuados como reserva de valor ni como medio de intercambio o de pago.

• Información engañosa: algunos criptoactivos y productos relacionados se anuncian al público de manera agresiva, utilizando material comercial y otra información que puede resultar poco clara, incompleta, inexacta o incluso deliberadamente engañosa. Por ejemplo, la publicidad a través de las redes sociales puede ser muy breve y
centrarse únicamente en las posibles ganancias y no en los elevados riesgos. También debes tener cuidado con los influencers en las redes sociales que normalmente reciben un incentivo financiero para comercializar determinados criptoactivos y productos y servicios relacionados, por lo que sus comunicaciones pueden tener un carácter sesgado.

• Ausencia de protección: la mayoría de los criptoactivos y la venta de productos o servicios relacionados no están regulados en la UE.2 En estos casos, no disfrutarás de los derechos y las medidas de protección disponibles para los consumidores de servicios financieros regulados, tales como los mecanismos de denuncia o recurso.

• Complejidad de los productos: algunos productos que ofrecen exposición a los criptoactivos son muy complejos y, a veces, tienen características que puede  incrementar la magnitud de las pérdidas si se producen fluctuaciones de precios adversas. Dada su complejidad, estos productos no son adecuados para muchos consumidores.

• Fraude y actividades maliciosas: existen numerosos criptoactivos falsos y estafas cuyo único objetivo es privarte de tu dinero mediante el uso de diferentes técnicas, como por ejemplo, el phishing.

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