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ARAG presenta su nuevo seguro de alquiler de temporada

Redacción 23 de septiembre de 2024

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Los propietarios de vivienda han encontrado en el alquiler de temporada una alternativa a la que recurren cada vez con más frecuencia en detrimento del alquiler permanente tradicional. La oferta en favor de la temporalidad creció un 56% en el primer trimestre de este año, según datos de Idealista. A nivel estatal, una de cada 10 viviendas se alquila por meses (el 11%).

El motivo es sencillo: la fórmula del alquiler temporal ofrece una mayor rentabilidad y también permite revisar el importe de la renta cada vez que concluye el contrato. Además, el alquiler temporal permite seguir imputando el pago de los honorarios de las agencias a los inquilinos, sorteando uno de los cambios más polémicos que introdujo la actual Ley de Vivienda.

Características del alquiler de temporada

• No hay voluntad de permanencia en la vivienda. Se puede utilizar, por ejemplo, para una estancia en una ciudad por un periodo concreto; un contrato de trabajo temporal; estudios; tratamientos médicos; u obras en la vivienda habitual del inquilino.
• No cubre la necesidad de vivienda permanente del inquilino y el contrato se regirá por los pactos, cláusulas y condiciones determinados por la voluntad de las partes.
• No se aplican limitaciones en la renta.
• No se exige un mínimo o un máximo de duración, puede ser de una semana hasta varios meses. Debe quedar muy bien delimitado el motivo de la temporalidad.
• No hay prórrogas, excepto si las partes lo han acordado.
• No ofrece otros servicios como limpieza, lavandería o atenciones personalizadas.
• El propietario debe cumplir el contrato. Sólo en el caso de que el inquilino no cumpla con lo establecido, el contrato podrá resolverse a favor del propietario.
• El inquilino tiene la obligación de cumplir la duración que aparece en el contrato. Sino el propietario podría exigir daños y perjuicios.
• Es obligatoria una fianza en metálico equivalente a dos mensualidades.

ARAG Alquiler de temporada

ARAG quiere seguir ofreciendo toda la tranquilidad y protección también a los propietarios de este tipo de viviendas, muy populares entre estudiantes universitarios o profesionales desplazados por trabajo. Por eso ARAG ha lanzado un seguro pionero en España: ARAG Alquiler de Temporada.

Este nuevo seguro protege a los propietarios de viviendas de alquiler de temporada de los imprevistos más comunes como el impago de rentas, incluyendo el desahucio; o los actos vandálicos, entre los que se incluyen los daños por pintadas. El seguro tiene una duración mínima de contrato de cinco meses, son pólizas no renovables y tienen una cobertura en caso de impago por períodos de 6, 9 y 12 meses.

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