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Caixabank, condenada por asesoramiento defectuoso en la venta de un seguro de Vida a prima única financiada

Redacción 29 de mayo de 2025

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El Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Ponferrada ha dictado sentencia por la que declara la responsabilidad contractual de Caixabank por defectuoso asesoramiento en la venta de seguros de Vida de prima única financiados con mayor capital del préstamo hipotecario y le condena a devolver los intereses remuneratorios cobrados por esa financiación, según informa Constitución Abogados.

“La sentencia supone un paso más en nuestras reclamaciones contra los abusos bancarios, pues en este caso se devuelven los intereses pagados de más pese a que el contrato de seguro ya estaba cancelado”, informa el abogado José Luis Carrera Marcén.

La sentencia declara que Caixabank, en su condición de mediador de seguros en la modalidad de operador bancaseguros, asesoró defectuosamente a los clientes al venderles un producto de seguro que no era el adecuado, incumpliendo sus obligaciones de información.

La financiación de la prima única, en este caso cerca de 9.000 euros, produjo un mayor endeudamiento para los clientes en el momento de mayor tensión económica como consecuencia de la compra de vivienda habitual con hipoteca.

El bufete afirma que Caixabank presentó el seguro en una modalidad altamente perjudicial -prima única financiada-, teniendo en cuenta que un contrato de seguro de prima anual renovable daba las mismas garantías a la entidad financiera y las mismas coberturas al cliente.

La importancia de esta sentencia, según el letrado director de la reclamación “radica en que a pesar de que los contratos de seguro estén ya cancelados, no desaparece el derecho a reclamar el perjuicio derivado de la práctica abusiva”.

El préstamo hipotecario se constituyó en el año 2015 y se llevó a cabo una subrogación hipotecaria a favor de otro banco en marzo de 2024, momento en que se canceló tanto el préstamo hipotecario como el contrato de seguro con el correspondiente extorno de las primas no consumidas.

Mientras estuvo vigente el préstamo hipotecario, el cliente abonó los intereses remuneratorios por la financiación hipotecaria de las primas de seguro, «lo que supone un perjuicio que debe ser indemnizado por el banco», indica el abogado.

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