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Pasear perro

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El Supremo obliga a indemnizar por un ataque de un perro aunque no estaba explícitamente asegurado

Redacción 5 de enero de 2023

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El Tribunal Supremo ha ordenado a una empresa de seguros indemnizar con más de 13.000 euros a dos mujeres por el ataque de un perro en la calle, a pesar de que los daños causados por el animal no tenían una cobertura específica en el seguro de Hogar de la casa donde vivía el can, según una información adelantada por Expansión.

Los hechos ocurrieron en 2015 cuando una de las demandantes paseaba a las dos perras de raza Yorkshire de su hija por el municipio de Rivas Vaciamadrid. En el trayecto fue atacada por un perro de raza mestiza Beauceron que paseaba otra mujer. Se soltó y se abalanzó contra la primera, tirándola al suelo, para dirigirse después contra las dos Yorkshire, matando a una.

La mujer atacada presentó una denuncia ante la Guardia Civil y la que paseaba al Beauceron expuso que realmente éste era de su hija pero que estaba cubierto por el seguro de Hogar –siempre que no superase los 20 kilos de peso–, recalcando que el animal no era de raza peligrosa y que estaba debidamente vacunado.

La mujer atacada y su hija emprendieron acciones judiciales contra la aseguradora, que se negó a hacerse cargo del siniestro alegando que su asegurado era un hombre que vivía en la casa donde residía la dueña del Beauceron, el cual tenía contratado un seguro de Hogar donde formalmente solo figuraba él como habitante y que únicamente contemplaba una «responsabilidad civil ampliada a la vida privada«.

El Supremo indica que «en este caso se han vulnerado las reglas de la carga de la prueba», determinando que «la incertidumbre probatoria» pesa en realidad contra la aseguradora, que es a quien corresponde acreditar este extremo.

Así, para el alto tribunal, la aseguradora debe indemnizar porque, «según la normalidad de las cosas, los animales conviven con sus dueños» y se ha acreditado que la propietaria vivía en la casa asegurada, entendiendo que el siniestro está cubierto por esa «responsabilidad civil ampliada a la vida privada» aunque no haya mención específica al perro en el mismo.

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